El Gobierno de Nicaragua anunció el restablecimiento del requisito de visa consultada, categoría migratoria “C”, para ciudadanos de 128 países, en una medida que se produce en un contexto de presión internacional por el tránsito de migrantes hacia Estados Unidos.
La disposición fue suscrita por la ministra del Interior, María Amelia Coronel, y el director general de Migración y Extranjería, Juan Emilio Rivas. Con esta normativa, los nacionales de los países incluidos en el listado deberán gestionar una visa previa antes de ingresar al territorio nicaragüense.
La decisión del Ejecutivo encabezado por los copresidentes Daniel Ortega y Rosario Murillo ocurre luego de que la administración del presidente Donald Trump señalara como preocupante la política de ingreso flexible aplicada en los últimos años, la cual facilitó la llegada de viajeros desde África, Asia y el Caribe a través de Managua.
Durante la gestión del expresidente Joe Biden, Washington también había advertido sobre el uso de vuelos chárter hacia Nicaragua por parte de migrantes que posteriormente emprendían ruta terrestre hacia la frontera entre México y Estados Unidos.
En los últimos cuatro años, Nicaragua había establecido acuerdos de libre visado con Cuba y varias naciones africanas. La nueva resolución instruye además al Ministerio de Relaciones Exteriores a comunicar la medida a las representaciones diplomáticas acreditadas en Managua.
Se mantienen exentos del requisito los portadores de pasaportes diplomáticos, oficiales, de servicio y especiales con los cuales existan acuerdos bilaterales vigentes.
Países cuyos ciudadanos deberán tramitar visa consultada categoría “C”:
Afganistán
Andorra
Antigua y Barbuda
Armenia
Azerbaiyán
Bahamas
Bangladesh
Barbados
Benín
Bosnia y Herzegovina
Botsuana
Burkina Faso
Burundi
Bután
Cabo Verde
Camboya
Camerún
Chad
China (solo portadores de pasaportes ordinarios)
Colombia (con reciprocidad parcial para nacidos en el Caribe nicaragüense y raizales de San Andrés, Providencia y Santa Catalina)
Comoras
Congo
República Democrática del Congo
República Popular Democrática de Corea
Costa de Marfil
Croacia
Cuba
Djibouti
Egipto
Emiratos Árabes Unidos (solo portadores de pasaportes ordinarios)
Eritrea
Eslovaquia
Eslovenia
Estonia
Esuatini
Etiopía
Fiji
Gabón
Gambia
Georgia
Ghana
Granada
Guinea
Guinea Bissau
Guinea Ecuatorial
Guyana
Haití
India (solo portadores de pasaportes ordinarios)
Indonesia (solo portadores de pasaportes ordinarios)
Irak
Irán (solo portadores de pasaportes ordinarios)
Islandia
Islas Marshall
Islas Mauricio
Jamaica
Kenia
Kirguistán
Kiribati
Laos
Lesotho
Líbano
Liberia
Libia
Liechtenstein
Lituania
Macedonia
Madagascar
Malawi
Maldivas
Mali
Marruecos
México (solo portadores de pasaportes ordinarios)
Micronesia
Mónaco
Mongolia
Montenegro
Mozambique
Myanmar
Namibia
Nauru
Nepal
Níger
Nigeria
Nueva Zelanda
Pakistán
Palaos
Papúa Nueva Guinea
Perú (solo portadores de pasaportes ordinarios)
Ruanda
República Árabe Saharaui Democrática
República Centroafricana
Samoa
San Cristóbal y Nieves
San Marino
San Vicente y las Granadinas
Santa Lucía
Santo Tomé y Príncipe
Senegal
Serbia (solo portadores de pasaportes ordinarios)
Seychelles
Sierra Leona
Siria (solo portadores de pasaportes ordinarios)
Sri Lanka
Sudán
Surinam
Tailandia
Tanzania
Tayikistán
Timor Oriental
Togo
Tonga
Trinidad y Tobago
Túnez
Turkmenistán
Tuvalu
Ucrania
Uganda
Uzbekistán
Vanuatu
Venezuela (solo portadores de pasaportes ordinarios)
Vietnam (solo portadores de pasaportes ordinarios)
Yemen
Zambia
Zimbabue
La medida marca un giro en la política migratoria nicaragüense y redefine las condiciones de ingreso para viajeros de Asia, África, el Caribe y parte de Europa y América Latina.
