Tegucigalpa, Honduras. El Tribunal de Justicia Electoral (TJE) realizó un recuento jurisdiccional de ocho Juntas Receptoras de Votos (JRV) solicitado por el impugnante. Este procedimiento fue aprobado por unanimidad de los magistrados y se limitó únicamente a las urnas especificadas en el recurso.
El resultado confirmó un empate entre los candidatos a la alcaldía de Guanaja, por lo que la solución legal, según el Artículo 289, numeral 2 de la Ley Electoral, es repetir la elección únicamente entre quienes empataron.
El comunicado enfatiza que el TJE no puede ordenar recuentos adicionales, ya que esto duplicaría o invalidaría el proceso legalmente realizado, respetando así la normativa vigente.
Además, la magistrada recordó que la jurisdicción del Tribunal se limita a los puntos solicitados por las partes en sus recursos de apelación, sin posibilidad de crear nuevas etapas o revisar aspectos no impugnados.
