Corte Suprema reafirma que el Congreso no puede sustituir la reforma constitucional mediante interpretación de leyes

Corte Suprema reafirma que el Congreso no puede sustituir la reforma constitucional mediante interpretación de leyes

La Corte Suprema de Justicia reiteró que la facultad del Congreso Nacional para interpretar leyes, establecida en el artículo 205 de la Constitución de la República, no puede utilizarse como mecanismo para sustituir el procedimiento formal de reforma constitucional contemplado en el artículo 373.

A través de un comunicado oficial, el Poder Judicial subrayó que si bien el Congreso tiene atribuciones para interpretar normas, dicha competencia no le permite modificar el contenido de disposiciones constitucionales mediante decretos interpretativos que alteren su alcance original.

El pronunciamiento enfatiza que cualquier reforma a la Constitución debe seguir el procedimiento especial previsto en la propia Carta Magna, el cual exige requisitos específicos y garantías destinadas a preservar el equilibrio entre los poderes del Estado.

La Corte recordó que la separación de poderes es un principio esencial del orden constitucional hondureño. Permitir que una interpretación legislativa sustituya el proceso de reforma constitucional implicaría desnaturalizar el diseño institucional establecido para evitar concentraciones indebidas de poder.

Asimismo, el comunicado destaca que la independencia judicial constituye un pilar fundamental del Estado de Derecho. Este principio asegura que las decisiones jurisdiccionales se adopten sin interferencias externas y con apego exclusivo a la Constitución y las leyes.

La institución también hizo referencia a los compromisos internacionales asumidos por Honduras en materia de derechos humanos, los cuales exigen la existencia de un sistema judicial independiente, imparcial y eficiente. En ese contexto, la garantía de seguridad jurídica resulta indispensable para la estabilidad democrática y la confianza ciudadana.

Según el Poder Judicial, la utilización de normas interpretativas para alterar el contenido de disposiciones constitucionales podría generar inseguridad jurídica, afectar el equilibrio institucional y debilitar la confianza en el marco legal vigente.

El comunicado subraya que la defensa de la separación de poderes, la independencia judicial y la seguridad jurídica no responde a intereses particulares, sino a la obligación constitucional de preservar el Estado de Derecho y la supremacía de la Constitución.

La Corte Suprema reafirmó su compromiso con el fortalecimiento institucional, la transparencia y el respeto al orden constitucional, señalando que cualquier modificación a la Carta Magna debe realizarse exclusivamente mediante los mecanismos previstos en ella.

Finalmente, el Poder Judicial reiteró que proteger el procedimiento de reforma constitucional es proteger la estabilidad democrática del país. Defender la separación de poderes, la independencia judicial y la seguridad jurídica —concluye el comunicado— es, en esencia, defender el Estado de Derecho.

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