Barra de Abogados Defensores de la Democracia, la Justicia Verdadera y la Lucha Contra la Opresión Sobre la aplicación de la teoría del dominio de organización en el caso de los generales procesados por los acontecimientos del 5 de julio de 2009

Barra de Abogados Defensores de la Democracia, la Justicia Verdadera y la Lucha Contra la Opresión Sobre la aplicación de la teoría del dominio de organización en el caso de los generales procesados por los acontecimientos del 5 de julio de 2009

La teoría del dominio de organización, desarrollada por el jurista alemán Claus Roxin, fue concebida para responsabilizar penalmente a los altos mandos nazis por crímenes de guerra y de lesa humanidad durante el Holocausto. Esta teoría establece que quienes ejercen control sobre estructuras jerárquicas organizadas pueden ser considerados autores mediatos de delitos cometidos por sus subordinados, incluso sin ejecutar directamente las acciones. Fue fundamental para enjuiciar a aquellos que, desde posiciones de poder, ordenaron o permitieron la comisión de atrocidades a través del aparato estatal.

Sin embargo, resulta preocupante que, 15 años después de los acontecimientos del 5 de julio de 2009 en el aeropuerto Toncontín —donde lamentablemente falleció Isis Obed Murillo y otra persona resultó herida—, el gobierno socialista busque aplicar esta teoría para condenar a tres generales de las Fuerzas Armadas. Esta acción parece ser un claro acto de venganza política por los hechos ocurridos el 28 de junio de 2009, cuando las Fuerzas Armadas, en cumplimiento de una orden judicial y conforme a la Constitución de la República, intervinieron para detener actos que amenazaban la estabilidad democrática, lo que dio lugar a una sucesión constitucional y evitó la instauración de una dictadura totalitaria.

Es importante destacar que, según informes, el 28 de junio de 2009, las Fuerzas Armadas actuaron en cumplimiento de una orden judicial emitida por la Corte Suprema de Justicia de Honduras, que instruyó la detención del entonces presidente Manuel Zelaya Rosales debido a sus presuntas violaciones a la Constitución.

Resulta inadmisible que la Fiscalía intente forzar la aplicación de una doctrina jurídica extranjera, diseñada para crímenes de guerra, en un caso donde no existen pruebas contundentes que demuestren órdenes directas para causar los lamentables hechos del 5 de julio. La Constitución y el Código Penal hondureño son claros: la responsabilidad penal es individual, y no puede derivarse únicamente de la jerarquía o el cargo ocupado.

Si permitimos esta aplicación indebida de la teoría del dominio de organización, los socialistas en el poder continuarán persiguiendo a otros líderes de la oposición, debilitando así a sus adversarios políticos en su ambición de permanecer en el poder indefinidamente. Este patrón de persecución política ha sido observado en otros regímenes socialistas, donde se emplean estrategias de represión y control social para silenciar a la disidencia y consolidar el poder. Por ejemplo, en Venezuela, el chavismo ha implementado un sistema de control social dirigido a empleados públicos y beneficiarios de ayudas sociales, utilizando el miedo a la pérdida de medios de vida como herramienta de coerción política. 

La justicia no puede ser un instrumento de revanchismo. La utilización de teorías ajenas a nuestro marco legal para satisfacer intereses políticos pone en riesgo el Estado de derecho y debilita la confianza en las instituciones judiciales. El debido proceso, la objetividad y la imparcialidad deben prevalecer.

Hacemos un llamado a la comunidad jurídica, a las instituciones del Estado y a la ciudadanía a rechazar cualquier intento de manipulación de la ley con fines políticos. Defender a quienes cumplieron con su deber constitucional no es un acto de impunidad, sino de respeto por la democracia y la legalidad.

La verdadera justicia debe prevalecer sobre la opresión, la venganza y el odio.

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